Es el seguro obligatorio de accidentes de tránsito que cubre los daños que sufren los ocupantes del vehÃculo y peatones de muerte, invalidez permanente, incapacidad temporal, gastos médicos y sepelio; no cubre daños materiales. A diferencia de cualquier otro seguro, el SOAT tiene una cobertura inmediata sin importar quien sea el causante del accidente y sin restricciones. No hay lÃmite de personas que serán cubiertas por este seguro; en caso de accidentes, todos los ocupantes y peatones que resulten heridos serán asistidos por el seguro.
Es obligatorio para todos los vehÃculos nacionalmente (automóviles, ómnibus, camionetas, mototaxis, etc..), asàlos vehÃculos tengan otro tipo de seguro. Los remolques acoplados, casas rodantes, tractores agrÃcolas, maquinarias industriales o de construcción y las biciletas no están obligados a tener SOAT. La responsabilidad de quien lo adquiere es del propietario del vehÃculo automotor o de el prestador del servicio de transporte.
Se puede adquirir en compañÃas aseguradoras autorizadas por la superintendencia de Banca y Seguros y a través de los bancos, broker de seguros, agencias y representaciones a nivel nacional. Se renueva anualmente a partir del momento que se firma el contrato. Hay excepciones en el caso de pólizas expedidas con carácter transitorio para vehÃculos automotores que ingresen temporalmente o que ingresen en una operación de auto transporte por el territorio nacional.
Los vehÃculos tienen que llevar una calcomanÃa que es colocada en el parabrisas obligatoriamente. Para adquirirlo basta con presentar la tarjeta de propiedad del vehÃculo.
Las calcomanÃas tendrán :
Delante (razón social o logotipo de la compañÃa de seguros, Número de teléfono de la empresa aseguradora); detrás (número de placa del vehÃculo, número de póliza, número de certificado, vigencia de póliza, holograma de seguridad).
El costo del SOAT es según la clase de vehÃculo y el uso que se le dé, puede variar por la antiguedad del vehÃculo y dependiendo de la compañÃa. Si son vehÃculos particulares, camiones, taxis, mototaxis y unidades de servicio escolar que no estén asociados a una empresa, pagarán al contado. A las empresas formales se les puede fraccionar el pago cuando se va a asegurar una flota de vehÃculos, dependiendo también de la polÃtica de ventas de cada compañÃa.
Al realizar una transferencia de vehÃculo la póliza seguirá vigente, producirá su endose automático.
Las indemnizaciones se otorgan tomando como base el UIT :
- Muerte : 4 UIT
- Invalidez permanente hasta : 4 UIT
- Gastos médicos hasta : 5 UIT
- Incapacidad temporal hasta :Â 1 UIT
- Sepelio hasta : 1UIT
Las indenmizaciones no son acumulables. Si se liquida una invalidez permanente y posteriormente la vÃctima falleciera a consecuencia del mismo accidente, la compañÃa de seguros liquidará la indemnización por muerte, previa deducción del monto ya pagado por la invalidez permanente total o parcial.
Para la indemnización de gastos de atención médica, hospitalaria, quirúrgica y farmacéutica o de sepelio se tendrá que justificar con los comprobantes de pago con valor tributario y contable que acredite el valor de los gastos médicos en que se haya incurrido para el tratamiento de la vÃctima como consecuencia de las lesiones sufridas y, de ser el caso, de los gastos de sepelio. El pago de las respectivas indemnizaciones se hará sin ninguna investigación ni pronunciamiento previo de autoridad alguna. Las indemnizaciones se cancelarán dentro de los diez dÃas siguientes a la presentación de los documentos requeridos. A falta de las personas indicadas, la indemnización corresponderá a quien acredite ser heredero del fallecido. Caso contrario las coberturas irán al fondo de compensación de seguros.
El tiempo de vencimiento del plazo para solicitar una indemnización por un accidente de tránsito con el SOAT es de dos años.
Independientemente de la indemnización del SOAT, los
afectados pueden iniciar un proceso legal por daños y perjuicios.El Certificado Unico del SOAT es el documento que todos los conductores tienen que portar obligatoriamente en el vehÃculo para el momento de un accidente de tránsito. Este debe de tener :
- Nombre del seguro en virtud del cual se expide el certificado.
- Número del certificado.
- Razón social, dirección y teléfono de la compañÃa de seguros.
- Número y perÃodo de vigencia de la póliza.
- Número de placa, marca, modelo, número de serie del motor, año de fabricación y número de asientos y uso del vehÃculo automotor.
- Nombre o razón social, documentos de identidad y firma del contratante.
- Firma del funcionario autorizado por la compañÃa de seguro.
- Cobertura del seguro.
- Exclusiones del seguro.
- Cuales son las obligaciones del contratante y/o asegurado.
- Monto de la prima del seguro.
Los documentos ue se presentará para la indemnización por invalidez permanente, total o parcial e incapacidad temporal son :
- Formato de registro de accidentes de tránsito emitido por la PNP según lo aprobado por el MTC.
- En tanto no se apruebe el formato, se deberá presentar una copia certificada de la ocurrencia policial.
- Certificado médico expedido por el médico tratante que acredite la naturaleza y grado de la invalidez y/o incapacidad.
En caso de muerte se presentará, además de los mencionados anteriormente :
- Certificado de defunción.
- DNI del familiar que lo representa.
- Certificado de matrimonio, nacimiento o declaración de herederos u otros documentos que acrediten la calidad del beneficiario del seguro.
El médico tratante determina el grado de invalidez o incapacidad, pero si la compañÃa de seguros a través de su propio médico no coincidiera en todo o parte con esa opinión, la discrepancia será resuelta por el instituto nacional de rehabilitación.
El orden de precedencia de los beneficiarios en caso de fallecimiento de su familiar es :
- Cónyuge sobreviviente.
- Hijos menores de 18 años o mayores de edad incapacitados permenentemente para trabajar.
- Hijos mayores de 18 años.
- Padre o madre del fallecido.
La responsabilidad de pagar las atenciones médicas, hospitalarias, quirúrgicas y farmacéuticas recae sobre las compañÃas aseguradoras, pero sólo cubrirán los gastos hasta el monto establecido en el reglamento.
Si se agota la cuantÃa para la atención de los servicios médicos, el excedente lo pagará el civil que es responsable del accidente.
Los tipos de accidentes que no cubre el SOAT son :
- Accidentes causados en carreras de autos u otras competencias.
- Accidentes ocurridos fuera del territorio nacional.
- Accidentes ocurridos en lugares no abiertos al acceso público.
- Accidentes ocurridos como consecuencia de guerras, sismos u otros casos fortuitos extraños a la circulación del vehÃculo.
- Suicidio o intento de suicidio.
Los documentos que debe llevar un conductor al conducur su vehÃculo motorizado son :
- Documento de identidad.
- Licencia de conducir vigente, de acuerdo al vehÃculo que maneje.
- Tarjeta de identificación vehicular del vehÃculo que conduce.
- Certificado vigente del SOAT del vehÃculo que conduce.
- Si es un vehÃculo especial o que circula en servicio especial, llevará además el permiso de circulación correspondiente.
El conductor que no haya adquirido el SOAT tendrá una multa de 10% del UIT, más retención e internamiento del vehÃculo. Por conducir un vehÃculo sin portar el certificado del SOAT, a pesar de contar con el seguro tendrá una multa del 2% del UIT. Si el conductor es sorprendido por segunda vez cometiendo la misma infracción el monto de la multa se duplicará. Y si es sorprendido en tres ocasiones sin la póliza del SOAT, el conductor será inhabilitado en forma indefinida. Durante los primeros siete dÃas se pagará sólo la mitad del monto de la multa impuesta.
Las entidades que están obligadas a prestar atención médica a las vÃctimas son todos los centros de salud públicos y privados; en forma integral desde la atención inicial de urgencia hasta su rehabilitación final.
Se recomienda guardar las facturas o boletas de compras de gastos adicionales ya que podrá presentarlas después a la compañÃa aseguradora para el reembolso respectivo.
Si el SOAT se incumple, dependiendo de la queja, se debe acudir ante la superintendencia de banca y seguros (SBS), indecopi o la defensorÃa del asegurado.
El tomador del seguro deberá informar por escrito sobre la ocurrencia del accidente en un plazo máximo de cinco dÃas de producido el accidente.
*Fotos sacadas de www.mininter.gob.pe